A continuación se exponen algunos de los principales criterios para un adecuado procedimiento administrativo: Cuando desee hacer efectiva alguna iniciativa con respecto a las vías pecuarias es necesario que presente una solicitud, dirigida a la Ilma. Sra. Directora General de Medio Ambiente. En esta solicitud deberá indicar claramente sus datos y la cuestión objeto de la solicitud. Para las solicitudes de ocupación y autorizaciones será necesario aportar un proyecto o memoria descriptiva o separata del proyecto original de las infraestructuras y/o instalaciones objeto de la autorización en formato papel, en donde se especifiquen las soluciones constructivas y los detalles necesarios, con los correspondientes planos con el trazado o situación de dichas infraestructuras. Dichos documentos también podrán aportarse en formato digital y georreferenciados. Para las solicitudes de cambio de trazado deberá aportar la siguiente documentación: - Proyecto/Memoria descriptiva del cambio de trazado propuesto, la cual debe incluir los planos del nuevo trazado en papel, así como en formato digital y georreferenciados. Dicha memoria y los planos correspondientes deben ir firmados.
- En dicho proyecto deberán venir reflejadas con todo detalle las soluciones previstas para salvaguardar los usos de la vía pecuaria reconocidos en la Ley 3/1995, de vías pecuarias, debiendo reflejar como mínimo los siguientes aspectos:
- Justificación del cambio de trazado - Tratamiento previsto para la vía pecuaria. En caso de ser necesario se deben incluir los trabajos de reperfilado y rasanteo adecuados para dejar la vía pecuaria lo suficientemente transitable. Para el tipo de tratamiento se seguirá lo establecido en los criterios técnicos citados. - Resolución de los cruces con viales y/o infraestructuras y señalización de la vía pecuaria según los criterios anteriormente descritos - Acreditar la posesión de la propiedad por donde va a discurrir el nuevo trazado, mediante presentación de título de propiedad y nota simple acreditativa.
|