ES0000260 MAR MENOR | Provincia | Murcia | Localización | Comarca del Mar Menor. | Superficie | 14.413,65 ha | Delimitación y linderos | Playa de la Hita: 27,75 ha Marina del Carmolí: 396,61 ha Saladar de Lo Poyo: 210,38 ha Salinas de Marchamalo y Playa de las Amoladeras: 198, 27 ha Salinas del Rasall: 17,99 ha Islas del Mar Menor: (Sujeto 2,5 ha, Mayor o del Barón 89,4 ha, Perdiguera 25,7 ha, Ciervo 17 ha, y Redonda 2,4 ha). Definidas en la Ley 4/92, de 30 de julio, por sus propias denominaciones, sin más especificaciones. | Término municipal | San Pedro del Pinatar, San Javier, Los Alcázares y Cartagena. | Valores ornitológicos | Cumple los criterios numéricos establecidos para ser designada ZEPA las especies Cigüeñuela (Himantopus himantopus), con 10 parejas, Garceta (Egretta garzetta), con 115/130 parejas, Terrera marismeña (Calandrella rufescens ), con 143/191 parejas En el área seleccionada aparecen numerosas especies incluidas en el Anexo I de la Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre, relativa a la conservación de las aves silvestres (ver formulario normalizado de datos de la ZEPA) | Normativa de protección | "El Mar Menor y sus humedales asociados" son también Área de Protección de Fauna Silvestre según Ley 7/ 1995, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre de la Región de Murcia [Ley 7/1995, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial (BORM nº102, 4.05.95)]. El Mar Menor es Humedal de Importancia Internacional, conforme al Convenio sobre Humedales de Importancia Internacional (Convenio Ramsar), autorizado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de julio de 1994. Es Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 28 de julio de 2000 (ES6200030) (BORM nº 181, de 5.08.00). Decisión de la Comisión de 19 de julio de 2006 por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea La designación como ZEPA en cumplimiento de la Directiva del Consejo de las comunidades europeas 79/409/CEE, de 2 de abril se 1979, derogada por la Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre, relativa a la conservación de las aves silvestres, se produce en la Resolución de 8 de mayo de 2001 (BORM nº 114, de 18 de mayo de 2001). Dentro de la zona propuesta como ZEPA se encuentra el Paisaje Protegido denominado "Espacios Abiertos e Islas del Mar Menor", declarado por la disposición adicional tercera, dos, de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. | Institución que suministra la información | Comunidad Autónoma de la Región de Murcia Dirección General de Medio Ambiente
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