fecha inicio:
fecha fin:
Edicto por el que se notifican propuestas de resolución de expedientes sancionadores: caza y pesca
Temas: pesca , caza
Tipo: Exposición pública

Habiéndose intentado la notificación sin haberse podido practicar y de conformidad con los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente Edicto se pone en conocimiento de las personas o entidades que a continuación se relacionan, que en estas Dependencias, Oficina Regional de Caza y Pesca de esta Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, C/ Catedrático Eugenio Úbeda Romero núm. 3, 30008 Murcia, se tramitan los siguientes expedientes en  fase de acuerdo de iniciación.

De dichos expedientes han sido designados como Instructora a D.ª Ana Isabel Coloma Santamaría y como Secretaria D.ª Rosario Ruiz Martínez. Lo que se pone en conocimiento de las personas interesadas con el fin de que puedan
comparecer en los expedientes de referencia, en el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, aportando cuantas alegaciones o pruebas estimen convenientes a su derecho en la forma prevista en los artículos 16 y siguientes del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto.

N.ª Expediente / Nombre / Dirección / Precepto infringido e importe

PESCA 10/11. Francisco Navarro Belmonte. Murcia. Arts. 102.23 y 102.1 de la Ley 7/2003 de 12 de noviembre de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia. Sanción: 60.1 Euros.

CAZA 48/11. Portman Golf, S.A. La Unión. Art. 100.9 de la Ley 7/2.003 de 12 de noviembre de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia. Sanción: 300 Euros. Disponiendo además la pérdida de la licencia de caza o la facultad de
obtenerla durante un periodo de un año. Suspensión de la actividad cinegética durante un periodo de un año.

CAZA 63/11. Juan Bautista Fernández Valera. La Copa. Bullas. Art. 100.8 de la Ley 7/2003 de 12 de noviembre de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia. Sanción: 300 Euros. Disponiendo además la pérdida de la licencia de caza
o la facultad de obtenerla durante un periodo de un año.


Murcia, 11 de mayo de 2011.—El Director General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, Pablo Fernández Abellán.

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