De conformidad con lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, se somete a información pública en las Oficinas, sitas en la calle Catedrático Eugenio Úbeda, n.º 3-3.ª Planta, de Murcia por espacio de un mes a contar desde la fecha de la presente publicación, el Pliego de Condiciones que ha de regir en la ocupación temporal y parcial de la Vía Pecuaria denominada “Vereda Real de la Pinilla”, Clasificada entre las del término municipal de Mazarrón, con destino a la instalación de tubería de PVC orientado de 630 milímetros de diámetro de PN 10 atmósferas, enterrada en zanja, en ejecución del proyecto de instalación de conducción de aguas desde el paraje Casa Tejada hasta el paraje Los Blanquizares, en el término municipal de Mazarrón, de la que es beneficiaria la Comunidad de Regantes de Mazarrón “Desaladora Virgen del Milagro”, tramitada en el procedimiento con referencia VP 3/2015. Murcia, 24 de febrero de 2015.—La Directora General de Medio Ambiente, María Encarnación Molina Miñano
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