La Dirección General de Medio Ambiente ha resuelto el 6 de febrero de 2015, que el “Plan Parcial Uzs_AE2 del PGMO de Las Torres de Cotillas”, no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe de impacto ambiental. Con carácter previo a la adopción de esta decisión han sido consultadas las Administraciones, personas e Instituciones afectadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 de la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada. El informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el BORM, no se hubiere procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47-4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. El informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que procedan frente al acto de autorización del proyecto. Murcia, a 6 de febrero de 2015.—La Directora General de Medio Ambiente, M.ª Encarnación Molina Miñano
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