24/08/2004
Tortuga boba
Temas: especies , ecosistema marino
Especie de hasta 1,5 m de longitud, que presenta el caparazón, cabeza y extremidades cubiertos de placas o escamas córneas. Su coloración es marrón a pardo rojiza en el dorso y amarillenta en el vientre. Caparazón ovalado y alargado, cuyo espaldar presenta cinco placas vertebrales, cinco laterales a cada lado de las anteriores y dos supracaudales. Cabeza larga y ancha, con dos pares de placas prefrontales y un pico córneo poderoso. Cola relativamente corta, algo más larga en los machos. Especie activa, que puede efectuar largas migraciones entre sus zonas de cría y las de obtención de alimento. Se alimenta de medusas, moluscos, crustáceos y peces. Presente durante todo el año en las aguas del Mediterráneo español, pero con una mayor abundancia en los meses de verano.
Hábitat:
Especie pelágica propia de las aguas neríticas y oceánicas, superficiales o profundas. Durante la época estival se produce una importante concentración de ejemplares, en torno a Baleares y SE peninsular. En el verano de 2001 se ha conocido un caso de anidación y nacimiento de un cierto número de crías en la costa de Almería.
Distribución:
Mediterráneo y Atlántico.
Población:
En las aguas de toda la Región.
Tipo: Fauna-Filo Chordata
Clase: Reptilia
Órden: Chelonia
Familia: Cheloniidae
Otros nombres comunes: -
Conservación: Intentar definir un protocolo de liberación de los ejemplares capturados que aumente sus posibilidades de supervivencia. Investigar los pormenores en que se producen los apresamientos. Realizar una adecuada campaña de divulgación, destacando el valor de la especie.Instrumento de Ratificación del Protocolo sobre las zonas especialmente protegidas y la diversidad biológica en el Mediterráneo y anexos, adoptado en Barcelona el 10 de junio de 1995 y en Montecarlo el 24 de noviembre de 1996, respectivamente. Anexo II. Lista de especies en peligro o amenazadas.Consejo de Europa. Convenio para la conservación de la vida salvaje y hábitats naturales de Europa. Convenio de Berna 1976.Directiva 92/43/CEE del consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre.Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre. Anexo II. Especies animales y vegetales de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación.Real decreto 439/1990, de 30 de marzo, regulador del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Anexo II. Especies y subespecies catalogadas de interés especial.
Amenazas:Especie muy afectada por la pesca accidental en redes de deriva y palangres, por redes fijas y de arrastre y por el turismo. Se calcula que cada año son capturadas unas 25.000 tortugas por la flota palangrera que faena en las costas mediterráneas españolas.
Nombre científico: Caretta caretta
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