La Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia reclasificó como parque rcgional el espacio natural de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila y estableció la obligación de tener iniciado el trámite de aprobación, cn el plazo de un año desde su entrada en vigor, de los planes de ordenación de los recursos naturales de determinados espacios, entre los que se encuentra Calblanquc, Monte de [as Ceñizas y Peña del Águila. Iniciado el procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila, por Resolución (le 22 dc septiembre de 1993, de la Agencia Regional para el Medio Ambiente y la Naturaleza, habiéndose logrado la plena compatibilidad con las Directrices de la Bahía de Porunán y Sierra Minera, y cumplimentados los trámites a que se refiere el art. 47 de la citada Ley 4/1992. de 30 de julio, procede ahora su aprobación definitiva . En su virtud, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de mayo de 1995.
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