Temas: vías pecuarias , turismo , educación ambiental , control de plagas
El turismo ornitológico en la Región de Murcia, las plagas y la utilización de drones en sistemas de información geográfica son algunos de los reportajes del último número de nuestra revista
La sequía, una breve historia de los incendios en la Región y el proyecto Sinqlair constituyen algunos de los contenidos del nuevo número de Murcia enclave ambiental que ya está publicado
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Iniciación expediente sancionador en materia forestal FO 87/13
Temas: explotación forestal
Tipo:
Exposición pública
Habiéndose intentado la notificación sin haberse podido practicar y de conformidad con el art. 59.4 y 61 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente Edicto se pone en conocimiento de las personas o entidades que a continuación se relacionan, que en estas dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sita en la C/ Catedrático Eugenio Ubeda número 3, 30005 Murcia, se tramitan los siguientes expedientes en fase de Acuerdo de Iniciación.
Expediente Sancionador FO 87/13 contra la mercantil Merimer 2003 SL, con CIF B73239295, por infracción administrativa al art. 67 f ) del Título VII de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Con calificación de LEVE y sanción de 400 €, así como la restitución del terreno afectado al estado anterior a la realización de los hechos, con apercibimiento en caso de incumplimiento de la imposición de multas coercitivas por lapsus de tiempo y cuantía que se determinen
De dicho expediente ha sido designada como Instructora doña M.ª del Mar Jiménez Ródenas y Secretaria doña María Teresa Amorós Abellán. Lo que se pone en conocimiento de las personas interesadas con el fin de que puedan comparecer en los expedientes de referencia, en el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, aportando cuantas alegaciones o pruebas estimen convenientes a su derecho en la forma prevista en los arts. 16 y siguientes del Real Decreto 1.398/93 de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora y en los artículos 135, 76.1 y 79.1 de la citada Ley 30/1992.
Murcia, 19 de agosto de 2013.—El Director General, Amador López García