16/07/2010
Recomendaciones generales para la visita a Áreas Protegidas
Temas: buenas prácticas , áreas protegidas , espacios naturales , conservación de la naturaleza
Señalización en el Parque Regional El Valle y Carrascoy. Este enlace se abrira en una nueva ventana.
Señalización en el Parque Regional El Valle y Carrascoy

El disfrute de la naturaleza es un derecho fundamental. Los Espacios Protegidos nos ofrecen la oportunidad de encontrarnos con la naturaleza en un espacio idóneo para el esparcimiento del cuerpo y la mente, ayudando así a mejorar nuestra salud y calidad de vida. Pero de la misma forma que tenemos derecho a disfrutar de ellos, también tenemos la obligación de conservarlos.

Si va a visitar un Espacio Protegido, puede informarse de todos los aspectos que pueden condicionar su estancia a través de esta página, o una vez allí, en los Centros de Visitantes. Independientemente de esto, cuando se encuentre en un Espacio Protegido, es importante seguir las siguientes recomendaciones:

  1. Mantenga una actitud respetuosa y responsable, colaborando en la conservación de los Espacios Protegidos, patrimonio de todos.
  2. Las áreas recretivas, zonas de acampada, refugios forestales y el resto de equipamientos de uso público deben ser utilizados según sus normas. Evite impedir o entorpecer, con ruidos o de otra manera, el disfrute de otras personas y las tareas de gestión de los recursos naturales.
  3. Está prohibido dar muerte, molestar, dañar e inquietar a la fauna silvestre, incluyendo su captura en vivo y la recolección de sus huevos o crías.
  4. No se permite la recolección de ejemplares de especies incluidas en el Decreto 50/2003, de 30 de mayo, por el que se crea el Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida de la Región de Murcia y se dictan normas para el aprovechamiento de diversas especies forestales.
  5. El uso de las áreas recreativas y zonas de acampada debe ser acorde a su capacidad y adaptarse al mobiliario existente, sin habilitar mobiliario o infraestructuras propias tales como hornillos, barbacoas u otros similares.
  6. No limpie enseres y vehículos en el medio natural con detergentes o productos similares, ni vierta productos químicos, residuos orgánicos e inorgánicos.
  7. Evite el abandono de residuos en los Espacios Protegidos. Deposite la basura en los contenedores destinados a su fin, o llévela de vuelta hasta que la pueda desechar de forma adecuada.
  8. Respecto a los animales de compañía, deben ir sujetos y, en el caso de perros, con el bozal que les pueda corresponder. El acceso de animales a los edificios de uso público no está permitido, con excepción de los perros lazarillo. El baño de los perros en las zonas utilizadas por bañistas no está permitido.
  9. El silencio beneficia a la fauna y al propio visitante de los Espacios Protegidos. Los ruidos (aparatos de música, gritos, etc.) disminuyen la calidad ambiental e impiden el disfrute de los sonidos de la naturaleza, procure no ocasionarlos.
  10. Los deportes de equipo que requieran pistas o instalaciones específicas han de practicarse en el interior de las mismas.
  11. Respete las indicaciones que figuren en la señalización, así como las indicaciones del personal responsable de los equipamientos y de los agentes medioambientales.
  12. Si considera que algún hecho es dañoso o relevante para la gestión de los espacios naturales comuníquelo a la administración ambiental. Puede colaborar activamente en la conservación de los Espacios Protegidos alertando sobre posibles deficiencias o sugiriendo mejoras; la comunicación es un instrumento básico de gestión. (Atención al ciudadano de la web de la DGPNB)
  13. Circule con su coche o motocicleta dentro de un Espacio Protegido por las vías definidas Zona de Uso Público Vial. La circulación por el resto de caminos está reservado a los propietarios o usuarios de fincas rústicas.
  14. Transite a pie o bicicleta por los senderos y caminos establecidos, evitando los grandes grupos. No utilice los atajos y sendas secundarias, de esta forma previene la eliminación de la vegetación en torno al sendero principal y se genera menor riesgo de erosión del terreno; recuerde que los ambientes semiáridos de la Región son muy propensos a ello.
  15. Comparta los caminos y senderos, respete las preferencias de paso (peatón>bicicleta/caballo>vehículo a motor) y favorezca la convivencia con otros usuarios y deportistas.
  16. Las actividades de carácter deportivo-recreativo organizadas que se desarrollen en los Espacios Protegidos requerirán, con carácter general, la autorización previa de la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, quien fijará en su caso las condiciones en que hayan de celebrarse.
  17. En el interior de los Espacios Naturales Protegidos se prohíbe con carácter general las siguientes actividades:
    • La pernoctación en caravana u otras estructuras móviles.
    • La acampada libre.
    • La emisión de ruidos estridentes, incluido el funcionamiento de aparatos de música a elevado volumen.
    • El depósito de basuras fuera de las infraestructuras destinadas a su fin.
    • Cualquier actividad deportiva fuera de las sendas y zonas debidamente autorizadas y señaladas.
    • Encender fuego en áreas y/o épocas distintas a las permitidas.
    • Cualquier actividad aérea a baja altura.
    •  El tránsito a pie, en automóvil o cualquier otro medio de tracción animal o mecánica, fuera de las sendas o accesos debidamente autorizados, señalados y abiertos.
    • La práctica de motocross, trial y la circulación de vehículos todo terreno fuera de las vías existentes.

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