Espacio Natural Protegido En la actualidad, el régimen jurídico aplicable al territorio abarcado por el Espacio Natural Protegido, viene dado por : Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA). La designación como ZEPA en cumplimiento de la Directiva del Consejo de las comunidades europeas 79/409/CEE, de 2 de abril se 1979, derogada por la Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre, relativa a la conservación de las aves silvestres,se produce en la Resolución de 8 de mayo de 2001 (BORM nº114, de 18 de mayo de 2001). "Sierra del Molino, Embalse del Quípar y Llanos del Cagitán" El régimen jurídico aplicable en virtud de tal designación viene dado por las siguientes disposiciones europeas y estatales: Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre, relativa a la conservación de las aves silvestres Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres.
Lugar de Importancia Comunitaria (LIC). Decisión de la Comisión, de 19 de julio de 2006 , por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres
Área de protección de la Fauna Silvestre (APFS). |