De conformidad con lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo se somete a información pública en las Oficinas, sitas en la calle Catedrático Eugenio Úbeda, nº 3-3.ª planta, de Murcia por espacio de un mes a contar desde la fecha de la presente publicación, el Pliego de Condiciones que ha de regir en la ocupación de terrenos en las Vías Pecuarias denominadas “Cordel de la Balsa del Prado”, “Cordel de la Sierra de los Jinetes”, “Vereda de Cerro Negro”, “Cañada Real de Albacete a Murcia”, “Cordel de la Alquería a la Sierra del Buey” y “Vereda de la Fuente del Pino a la Sierra del Buey” en el término municipal de Jumilla, con destino a la ejecución del proyecto de suministro y reparto de las aguas procedentes de la EDAR de Jumilla a la Comunidad de Regantes Miraflores, a partir de la fecha de Resolución del expediente iniciado a instancia de Comunidad de Regantes Miraflores. Murcia, 16 de noviembre de 2011.—La Directora General de Medio Ambiente, Teresa M.ª Navarro Caballero.
|