fecha inicio: 27/04/2015
fecha fin: 15/05/2015
Iniciación de expediente sancionador de caza MU 231/14 y pesca fluvial MU 56/14
Temas: pesca , caza
Tipo: Exposición pública
Habiéndose intentado la notificación sin haberse podido practicar y de conformidad con los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente Edicto se pone en conocimiento de las personas o entidades que a continuación se relacionan, que en estas Dependencias, Oficina Regional de Caza y Pesca Fluvial, C/ Catedrático Eugenio Úbeda Romero núm. 3, 30008 Murcia, se tramitan los siguientes expedientes en fase de acuerdo de iniciación.
 
De dichos expedientes han sido designados como Instructora a doña Ana Isabel Coloma Santamaría y como Secretaria doña Rosario Ruiz Martínez. Lo que se pone en conocimiento de las personas interesadas con el fin de que puedan comparecer en los expedientes de referencia, en el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Región de Murcia, aportando cuantas alegaciones o pruebas estimen convenientes a su derecho en la forma prevista en los artículos 16 y siguientes del Real Decreto 1.398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimientos para el ejercicio de la potestad sancionadora, su no cumplimiento conllevará que el contenido de este Acuerdo de Iniciación sea considerado Propuesta de Resolución según lo preceptuado en el artículo 13.2 del citado R.D.
 
N.º Expediente / Nombre / Municipio / Precepto infringido e importe
PESCA MU56/14. Rafael López Miñano. RICOTE. Art. 102.5, 102.23, 90.1.i, 102.1, de la Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia. Sanción: 180 Euros.
 
CAZA MU 231/14. Miguel Amador Fernández. CIEZA. Art. 100.1, 100.4, de la Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia. Sanción: 600 Euros. Disponiendo además la pérdida de la licencia de caza o la facultad de obtenerla durante un periodo de dos años.
 
Murcia, 23 de marzo de 2015.—La Directora General de Medio Ambiente, M.ª Encarnación Molina Miñano
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