Habiéndose intentado la notificación sin haberse podido practicar y de conformidad con el art. 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente Edicto se pone en conocimiento de las personas o entidades que a continuación se relacionan, que en estas dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sita en la C/ Catedrático Eugenio Úbeda, n.º 3, 30005 Murcia, se tramitan los siguientes expedientes en fase de Resolución: N.º Expte. / Denunciado / DNI / Localidad / Precepto infringido e importe FAU25/2014. D. MATÍAS TOLOSA SÁNCHEZ. C/ Peroniño, 8. Barriada de la Concepción. 30204 Cartagena. MURCIA. Transcurrido el plazo señalado en el artículo 6.2 del Real Decreto 1398/1996, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento Sancionador, se propone que se proceda al archivo de actuaciones sin más trámites y a la reapertura del expediente si no estuviera prescrito. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura y Agua en el plazo de UN MES de conformidad a lo establecido en el artículo 107 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículos 114 a 116 de este último texto legal. Murcia, 26 de mayo de 2015.—La Directora General, M.ª Encarnación Molina Miñano
|