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Decisión de no EA cantera en Fortuna. Expte. 61/12 AU/AAU
Temas: industria mineral , evaluación
Tipo: Exposición pública

 La Dirección General de Medio Ambiente ha resuelto el 7 de octubre de 2015, que la Modificación de Proyecto de Explotación de la cantera “Esmeralda”, en el Paraje “Peña de Zafra” del término municipal de Fortuna, no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe de impacto ambiental.

Con carácter previo a la adopción de esta decisión han sido consultadas las Administraciones, personas e Instituciones afectadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 de la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada.
 
El informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el BORM, no se hubiere procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47-4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
 
El informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que procedan frente al acto de autorización del proyecto.
 
El contenido completo de la decisión estará disponible, al día siguiente de esta publicación, en la página web:
 
 
Murcia, a 7 de octubre de 2015.—La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Encarnación Molina Miñano
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