Decreto 43/2004 por el que se aprueba definitivamente el PORN de la Sierra de la Pila
Decreto n.º 43/2004, de 14 de mayo, por el que se aprueba definitivamente el plan de ordenación de los recursos naturales de la Sierra de la Pila.
Ámbito: Autonómico
Tipo: Decreto
Fecha entrada en vigor: 08/06/2004
Estado: Vigente
Boletín publicación: BORM
Número y fecha publicación: 130 (07/06/2004)
Órgano emisor: Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente

 La Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia reclasificación y declaró protegido con la categoría de Parque el espacio natural de la Sierra de la Pila, en los términos municipales de Fortuna, Blanca, Abarán y Molina de Segura, con la superficie y límites previstos en su Plan Especial de Protección, aprobado definitivamente por Resolución de la Consejería de Política Territorial y Obras Públicas, de 6 de mayo de 1985. Por su parte, la Ley estatal 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, obliga a la tramitación en el plazo de un año, a partir de la declaración de un Parque  o de una Reserva Natural-, del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la zona, cuando por motivos excepcionales no se haya procedido a su aprobación con anterioridad a la declaración del espacio natural protegido.

Iniciado el procedimiento de elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de la Pila, por Resolución de 22 de septiembre de 1993 de la extinta Agencia Regional para el Medio Ambiente y la Naturaleza, y realizados los trámites a que se refiere el artículo 47 de la citada Ley 4/ 1992, así como los demás de obligado cumplimiento, procede ahora su aprobación definitiva por Decreto del Consejo de Gobierno.

En cuanto al ámbito territorial del Parque Regional de la Sierra de la Pila, que coincide con el del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, se contemplan como límites los establecidos para la Sierra de la Pila por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 28 de julio de 2000, sobre designación de los Lugares de Importancia Comunitaria en la Región de Murcia, de conformidad con la disposición adicional octava de la Ley 1/ 2001, de 24 de abril, del Suelo de la Región de Murcia. En su virtud, tras los respectivos informes de los Consejos Asesores Regionales de Medio Ambiente y de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia, a propuesta de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, oído el Consejo Jurídico de la Región de Murcia,  y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 14 de mayo de 2004.

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