De conformidad con lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, se somete a información pública en las Oficinas, sitas en la calle Catedrático Eugenio Úbeda, n.º 3-3.ª planta, de Murcia por espacio de un mes a contar desde la fecha de la presente publicación, el Pliego de Condiciones que ha de regir en la ocupación temporal y parcial de terrenos de la Vía Pecuaria denominada “Cordel de Librilla a Lorca”, Clasificada entre las del término municipal de Alhama de Murcia con una anchura legal de 37’61 metros, con destino a la instalación de nueve respiraderos o conductos de aireación de arquetas de la conducción de abastecimiento a Alhama de Murcia y Librilla, de 1 metro de altura y 10 centímetros de diámetro, en el paraje El Secano, tramitada en el procedimiento con referencia de expediente VP 64/2014, iniciado a instancia de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. Murcia, a 23 de enero de 2015.—La Directora General de Medio Ambiente, María Encarnación Molina Miñano
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