13/10/2009
Otras zonas de interés para la conservación
Temas: áreas protegidas
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Derramadores

La Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad establece como objetivo el régimen jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad, como parte del deber de conservar y del derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, establecido en el artículo 45.2 de la Constitución.
Entre los principios que inspiran esta Ley se encuentran:

  • El mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales y de los sistemas vitales básicos, respaldando los servicios de los ecosistemas para el bienestar humano.
  • La conservación de la biodiversidad y de la geodiversidad.
  • La utilización ordenada de los recursos para garantizar el aprovechamiento sostenible del patrimonio natural y, en particular, de las especies y de los ecosistemas, así como su restauración y mejora.
  • La conservación y preservación de la variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas naturales, de la
    diversidad geológica y del paisaje.
  • La integración de los requerimientos de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y la biodiversidad en las políticas sectoriales.
  • La prevalencia de la protección ambiental sobre la ordenación territorial y urbanística y los supuestos básicos de dicha prevalencia.
  • La precaución en las intervenciones que puedan afectar a espacios naturales y/o especies silvestres.
  • La contribución de los procesos de mejora en la sostenibilidad del desarrollo asociados a espacios naturales o seminaturales.
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