Según la Ley 7/2003, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, son cotos sociales de caza los gestionados directamente por la Consejería competente y cuya finalidad es facilitar el ejercicio de la caza a todos los cazadores con licencia expedida por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Los cotos sociales de caza tendrán una superficie mínima de mil hectáreas. Los cotos sociales se establecerán preferentemente sobre terrenos pertenecientes a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; asimismo, sobre los montes de utilidad pública o de libre disposición, previa conformidad de las corporaciones locales y sobre aquellos otros que para dicha finalidad sean ofrecidos por sus titulares. |