24/08/2004
Calderón común
Temas: especies , ecosistema marino
De cuerpo robusto y alargado, más corpulento en la parte anterior. Entre los 4 metros de las hembras y los más de 6 metros de algunos machos. Su coloración es negra, excepto una mancha blanca ventral redondeada, que se prolonga en una franja estrecha hacia la zona ventral y vuelve a ensancharse hacia la zona anal. La aleta dorsal es baja y ancha, con un borde posterior cóncavo. Las aletas pectorales son largas y delgadas y están muy cerca de la cabeza. Su alimentación se basa fundamentalmente en los cefalópodos, especialmente los calamares, y en menor medida peces. Especie gregaria, puede llegar a formar agrupaciones de varios centenares de animales.
Hábitat:
Habitualmente se sitúa en el borde de la plataforma continental, siendo más frecuente en la Región en profundidades comprendidas entre los 500 y los 1.500 m.
Distribución:
En el Mediterráneo se considera una especie común, especialmente en el área occidental.
Población:
Los estudios desarrollados por ANSE y Alnitak muestran la presencia estable, al menos entre junio y septiembre, de varios grupos reproductores en las aguas profundas situadas frente a Cartagena y escarpe de Cabo Tiñoso.
Tipo: Fauna-Filo Chordata
Clase: Mammalia
Órden: Cetacea
Familia: Delphinidae
Otros nombres comunes: Ballena piloto, ballena durmiente
Conservación: Limitar las zonas de cría y alimentación en las costas de la Región y establecer medidas para garantizar la conservación de los recursos pesqueros. Establecer una normativa autonómica que regule la actividad turística de avistamiento de cetáceos en sus costas. Realizar una adecuada campaña de divulgación. Instrumento de Ratificación del Protocolo sobre las zonas especialmente protegidas y la diversidad biológica en el Mediterráneo y anexos, adoptado en Barcelona el 10 de junio de 1995 y en Montecarlo el 24 de noviembre de 1996, respectivamente. Anexo II. Lista de especies en peligro o amenazadas.Orden de 10 de marzo de 2000 por la que se incluyen en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas determinadas especies, subespecies y poblaciones de flora y fauna y se excluyen otras especies ya incluidas en el mismo.Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre. Anexo IV. Especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta.Directiva 92/43/CEE del consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre.Reglamento CITES y Reglamento (CE) del Consejo de 9 de diciembre de 1996 relativo a la protección de las especies de la flora y fauna silvestres mediante control de su comercio. Convenio de Berna. Apéndice II Especies de fauna estrictamente protegidas.
Amenazas:Sobreexplotación de los recursos pesqueros, debiendo estudiarse la posible influencia de las maniobras militares en su área de distribución regional, y la actividad turística dirigida sobre todo a esta especie en la bahía de Mazarrón-Cabo Tiñoso.
Nombre científico: Globicephala melas
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