Se encuentra incluida en el espacio natural sin figura de protección "Islas e islotes del litoral mediterráneo", conforme a la disposición adicional tercera, cuatro, de la Ley 4/92, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. Isla Grosa está declarada como Área de Protección de la Fauna Silvestre por la Ley 7/1995 de la Fauna Silvestre de la Región de Murcia. Es Lugar de Importancia Comunitaria (ES6200007): Islas e islotes del litoral mediterráneo. Decisión de 19 de julio de 2006 por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea La designación como ZEPA en cumplimiento de la Directiva del Consejo de las comunidades europeas 79/409/CEE, de 2 de abril se 1979, derogada por la Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre, relativa a la conservación de las aves silvestres, se publicó en la Resolución de 23 de marzo de 2000 (BORM nº 82, de 7 de abril del 2000). Decreto nº 274/2010, de 1 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Gestión y Conservación de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de Isla Grosa. (BORM nº 231, de 05.10.2010) |