De conformidad con lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo se somete a información pública en las Oficinas, sitas en la calle Catedrático Eugenio Úbeda, n.º 3-3.ª Planta, de Murcia por espacio de un mes a contar desde la fecha de la presente publicación, el Pliego de Condiciones que ha de regir en la ocupación de terrenos de la Vía Pecuaria denominada “Cordel de la Balsa del Prado”, clasificada entre las del término municipal de Jumilla, con destino a la instalación de conducción para suministro de agua potable, consistente en tubería de fundición dúctil de 250 milímetros de diámetro, enterrada en zanja de 0’80 metros de anchura y más de 1’50 metros de profundidad, dentro de la ejecución de la red general de abastecimiento hasta los parajes de Los Arenales y La Pinosa, partiendo desde el cruce del Camino de Alicante con el Camino de Los Franceses, a partir de la fecha de Resolución del expediente iniciado a instancia de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, con referencia VP 31/2013. Murcia a 20 de junio de 2013.—El Director General de Medio Ambiente, Amador López García
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